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Última modificación: 12 de abril de 2010
PROCESO DE ADMISIÓN DE NUEVOS ALUMNOS
EDUCACIÓN INFANTIL, PRIMARIA Y ESO
Si quieres conocer el colegio en el que vas a solicitar plaza concierta cita para estos días con la directora de Infantil y Primaria a través del correo: direccion1@dominicasgijon.org
SOLICITUDES DE PLAZA - CURSO 2010-2011
Los días 19 al 30 de abril, estará abierto el plazo para presentar las solicitudes de ingreso en el colegio para los niños de 3 años y para traslados en las etapas de infantil, primaria y ESO.
NORMATIVA
Normas por las que se rige el procedimiento de admisión del alumnado en centros docentes no universitarios públicos y privados concertados del Principado de Asturias para el curso 2009/2010: Información en Educastur
Resolución de 24 de febrero de 2010, de la Consejería de Educación y Ciencia, de segunda modificación de la Resolución de 24 de marzo de 2008, por la que se aprueban las normas por las que se rige el procedimiento de admisión del alumnado en centros docentes no universitarios públicos y privados concertados del Principado de Asturias.
Resolución de 24 de febrero de 2009, de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se modifica la Resolución de 24 de marzo de 2008.
Resolución de 24 de marzo de 2008, por la que se aprueban las normas por las que se rige el procedimiento de admisión del alumnado en centros docentes no universitarios públicos y privados concertados del Principado de Asturias.
Decreto 66/2007, de 14 de junio, por el que se regula la admisión del alumnado en centros docentes no universitarios públicos y privados concertados del Principado de Asturias.
PLAZAS
OFERTADAS (estarán disponibles el 19 de Abril)
ETAPA |
CURSO |
Puestos
escolares
ofertados |
Puestos
reservados
para NEE |
Vacantes
a
ofertar |
INFANTIL
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3 años |
50 |
4 |
46 |
4 años |
0 |
0 |
0 |
5 años |
0 |
0 |
0 |
PRIMARIA
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1º |
0 |
0 |
0 |
2º |
0 |
0 |
0 |
3º |
0 |
0 |
0 |
4º |
0 |
0 |
0 |
5º |
0 |
0 |
0 |
6º |
0 |
0 |
0 |
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ESO
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1º |
4 |
4 |
0 |
2º |
4 |
0 |
4 |
3º |
9 |
0 |
9 |
4º |
2 |
0 |
2 |
CALENDARIO DEL PROCESO
Puedes descargártelo de Educastur : Calendario abreviado para solicitantes
| 19 de abril |
Publicación del número de plazas vacantes por curso |
| 19 al 30 de abril |
Presentación de las solicitudes de admisión en el centro elegido como primera opción. |
| 11 de mayo |
Publicación de las listas provisionales de admitidos y no admitidos en cada centro. |
| 11 al 13 de mayo |
Plazo de reclamaciones (en Secretaría, Dirección o Consejo Escolar del centro). |
21 de mayo |
Publicación de las LISTAS DEFINITIVAS de admitidos y no admitidos en cada centro. |
| 10 de junio |
Publicación, en el centro solicitado como primera opción, de un listado asignando plaza al alumnado de Educación Infantil y Primaria que no haya sido admitido. |
| 5 de julio |
Publicación, en el centro solicitado como primera opción, de un listado asignando plaza al alumnado de ESO y Bachillerato que no haya sido admitido. |
FORMALIZACIÓN DE LAS SOLICITUDES
El impreso de solicitud de admisión puede descargarlo y cumplimentarlo desde aquí, y una vez impreso deberá entregarlo en el centro. También se facilitarán en la portería del colegio a partir del 9 de abril.
Las solicitudes se deberán presentar en Secretaría, del 19 de abril al 30 de abril. (Horario: de 9:30 a 13:30 de lunes a jueves). Recordamos que el orden de presentación de solicitudes no afecta en la baremación. Sólo es necesario presentarlas dentro del plazo.
En el caso de que se presenten instancias fuera de plazo, la adjudicación de la plaza será realizada por la Comisión de Escolarización.
Sólo se debe presentar una única solicitud, y en el centro que se elige como primera opción.
En caso de que se presente más de una solicitud, sólo se tendrá en cuenta aquella que opte por el centro donde tenga matriculados hermanos o, en su defecto, por el centro más próximo al domicilio familiar.
Los centros debemos recoger todas las solicitudes que se nos presenten aunque no existan vacantes.
El alumno que proviene de un centro público que solicite plaza en un centro distinto al que se le ha certificado la reserva de plaza (centros adscritos al colegio público) deberá entregar una copia compulsada de la reserva (Anexo III). Si obtiene plaza en el nuevo centro, pierde la reserva en el anterior.
CRITERIOS PARA LA ADMISIÓN DEL ALUMNADO
Si el número de solicitudes no supera el de plazas vacantes, serán admitidas todas, sin necesidad de baremar.
Cuando no existan plazas suficientes para todas las solicitudes, la admisión se regirá por la puntuación obtenida en los siguientes criterios:
a) Existencia de hermanos matriculados en el centro o padres o tutores legales que trabajen en el mismo.
Sólo se tendrán en cuenta los que hayan estado escolarizados en el centro (en cualquiera de las etapas concertadas) durante este curso y vayan a continuar el próximo.
Documentación para la acreditación:
Fotocopia del libro de familia o cualquier otro medio que acredite el vínculo familiar.
Puntos para la baremación:
8 puntos por cada hermano escolarizado (o padre trabajador)
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b) Proximidad del domicilio o del lugar de trabajo de alguno de sus padres o tutores legales.
Se considerará como domicilio familiar aquel en que consten empadronados los padres o tutores legales del alumno, o donde figure empadronada la persona que tenga la guarda y custodia del menor en caso de separación.
Documentación para la acreditación:
a) El domicilio familiar se acreditará mediante certificación de los datos del Padrón municipal.
b) El domicilio laboral de los representantes legales del alumnado se acreditará mediante la aportación de un certificado expedido al efecto por el titular de la empresa o por el responsable del personal de
la misma, en el caso de trabajadores que ejerzan su actividad laboral por cuenta ajena. Si la actividad se desarrolla por cuenta propia, la proximidad del domicilio se acreditará mediante alguno de los siguientes documentos:
- certificado que acredite la realización de la actividad económica emitido por el órgano competente;
- documento que acredite estar en alta en el IAE en el que conste el lugar donde se desarrolle dicha actividad, o licencia de apertura del Ayuntamiento;
- certificado del domicilio fiscal del trabajador autónomo emitido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Puntos para la baremación:
a) Alumnos cuyo domicilio se encuentra en el área de influencia del centro: 8 puntos.
b) Alumnos cuyo domicilio se halla en las áreas limítrofes de la zona de influencia del centro: 5 puntos.
c) Alumnos de otras zonas: 0 puntos.
Consultar el mapa de zonificación
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c) Rentas anuales de la unidad familiar, atendiendo a las especificidades que para su cálculo se aplican a las familias numerosas.
Se considera que la unidad familiar está integrada por los cónyuges no separados legalmente, hijos menores de edad y los hijos mayores de edad que se encuentren incapacitados. En los casos de separación legal, o cuando no exista vínculo matrimonial, se entenderá por unidad familiar la formada por el padre o la madre y todos los hijos que convivan con uno y otro, que reúnan alguno de los requisitos señalados anteriormente.
Documentación para la acreditación:
a) El número de miembros de la unidad familiar se acreditará mediante la aportación de copia compulsada (debemos ver el original) de la hoja de la declaración del IRPF del ejercicio 2008 donde conste el número de miembros.
b) La información tributaria se recoge directamente de la Agencia tributaria, por lo tanto, para que este criterio de admisión pueda ser valorado, la persona interesada deberá presentar su autorización expresa para que la Agencia Estatal de Administración Tributaria suministre la información a la Consejería de Educación. Cuando se hubiera optado por una tributación conjunta, la autorización se concederá por cualquiera de los dos cónyuges, y si hubieran optado por una tributación individual, por ambos. En los casos de separación legal, nulidad, divorcio o cuando no existiera vínculo matrimonial, la autorización la concederá quien tenga la guarda y custodia. Se aportará, además, copia de la sentencia de separación, nulidad o divorcio, o el libro de familia que acredite la inexistencia de vínculo matrimonial.
c) En el caso de que no exista la obligación de presentar la declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas, deberá aportarse igualmente autorización para que la Agencia Estatal de Administración Tributaria informe sobre la inexistencia de dicha obligación de declarar. Y además, certificación de haberes, declaración jurada o cualquier otro documento de cada uno de dichos sujetos, relativo a las rentas y al número de miembros de la unidad familiar en el ejercicio fiscal 2008, que permita baremar y aplicar los puntos correspondientes.
La autorización que se debe firmar se facilitará junto con la solicitud de admisión.
Puntos para la baremación:
La renta a tener en cuenta se obtendrá dividiendo los ingresos de la unidad familiar entre el número de miembros que la componen:
a) Rentas per cápita inferiores al resultado de dividir por cuatro el salario mínimo interprofesional: 2 puntos.
b) Rentas per cápita comprendidas entre el resultado de dividir por cuatro el salario mínimo interprofesional y el resultado de dividir por tres dicho salario: 1,5 puntos.
c) Rentas per cápita comprendidas entre el resultado de dividir por tres el salario mínimo interprofesional y el resultado de dividir por dos dicho salario: 1 punto.
d) Rentas per cápita comprendidas entre el resultado de dividir por dos el salario mínimo interprofesional y el resultado de dividir por uno y medio dicho salario: 0,5 puntos.
e) Rentas per cápita superiores al resultado de dividir por uno y medio el salario mínimo interprofesional: 0 puntos. |
d) Discapacidad en el alumno o en alguno de sus padres o hermanos.
Documentación para la acreditación:
En el caso de que el alumno, sus padres o alguno de sus hermanos tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%, ésta deberá acreditarse mediante la certificación emitida por el organismo público competente.
Puntos para la baremación:
a) Por discapacidad del alumno: 1 punto.
b) Por discapacidad de los padres o hermanos: 0,5 puntos.
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Para que cualquier apartado se contabilice, se debe adjuntar a la solicitud toda la documentación exigida como acreditación. En caso contrario no recibirá puntos en dicho criterio. En caso de falsedad en los documentos presentados, ésta será puesta en conocimiento del Ministerio Fiscal por la Consejería competente en materia de Educación.
Baremación
La puntuación total que obtengan los alumnos decidirá el orden final de admisión.
En caso de empate, se resolverá seleccionando aquellos alumnos que obtengan mayor puntuación aplicando uno a uno, y con carácter excluyente, los criterios que se exponen a continuación con el siguiente orden:
a) Mayor puntuación en el apartado de existencia de hermanos matriculados o padres trabajando en el centro.
b) Mayor puntuación en el apartado de la proximidad del domicilio familiar o del lugar de trabajo.
c) Mayor puntuación en el apartado de las rentas.
De mantenerse el empate se ordenarán las solicitudes por apellidos y se irán admitiendo hasta cubrir las plazas vacantes. Según se estableció en el sorteo público que se realizó en la Consejería el día 16 de marzo de 2010, las solicitudes se ordenarán empezando por las letras LS y en sentido de Z a A .
ÁREAS DE INFLUENCIA Y LIMÍTROFES
Área de Influencia:
(8 puntos)
2.3 |
Zona comprendida entre las calles Avda. de Las Mestas – Grupo Covadonga – Niega – Albert Einstein – Avda. Justo del Castillo – A 66 – En línea recta hasta la Iglesia de San Andrés – Camino de la Iglesia – Daniel Palacio – María Cristina – Manuel Junquera – Esperanto – Conde Toreno – Pedro Hurlé – Usandizaga – Arrieta – Isabel La Católica – Fernando El Santo – San Paulino
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Área Limítrofe:
(5 puntos)
1.1 |
Zona comprendida entre las calles Aguado - Ezcurdia – Avda. Castilla – Avda. de la Costa – Anselmo Solar – Isabel la Católica – Fernando el Santo – San Paulino - Avda. Las Mestas – Grupo Covadonga – Noega – Ctra. Villaviciosa – Camino de los Tulipanes – Pérez Pimentel – Avda. Dionisio Cifuentes – Ctra. Infanzón – Camino de Las Arenas – Ctra. La Campa – Ctra. La Providencia – Avda. José García Bernardo |
Área Limítrofe:
(5 puntos)
2.2 |
Zona comprendida entre las calles Peñalba – Alto El Real – Hnos. Felgueroso– Iglesia de San Andrés – Camino de la Iglesia – Daniel Palacio – María Cristina– Manuel Junquera - Esperanto – Conde Toreno – Pedro Hurlé – Usandizaga – Arrieta – Anselmo Solar – Ctra. De La Costa – Avda. Castilla – Escurrida – Aquilino Hurlé– Vicente Itinerariti – Alarcón – Leopoldo Alas – Pablo Iglesias |
Área Limítrofe:
(5 puntos)
6.2 |
Zona comprendida al Sur de Camino del Horno - Camino de los Caleros – Altamira– Ctra. Carbonera - Plaza de las Brigadas Internacionales -Avda. de Schultz- P intor Manuel Medina - Avda. del Llano.-Crtra. de Pola de Siero- Iglesia de San Andrés– Línea recta hasta la A-66 – A 66 hacia Santander |
Mapa Escolar
MATRICULACIÓN
| 14 al 25 de junio |
Plazo de formalización de la matrícula en Infantil y Primaria. |
| 1 al 15 de julio |
Plazo de formalización de matrícula del alumnado de ESO y Bachillerato promocionado en la evaluación final ordinaria. |
| 1 al 10 de septiembre |
Plazo de formalización de matrícula del alumnado promocionado y no promocionado tras la evaluación final extraordinaria. |
Formalización de la Matrícula:
Los impresos de matrícula se podrán recoger en el Colegio a partir del 10 de JUNIO.
En el proceso de matriculación se deberá aportar la siguiente documentación:
-
Impreso de matriculación debidamente cumplimentado.
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Documento que acredite la edad del alumno: Fotocopia de la hoja correspondiente del libro de familia o DNI
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Documentos que acrediten los estudios realizados: Certificación actualizada de la situación académica del alumno.
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Documento que acredite que los padres o representantes son los tutores legales.
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Dos fotografias tamaño carnet actualizadas.
La no formalización de la matrícula conlleva la pérdida del derecho a la plaza.
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